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Becas de comedor escolar de la Comunidad de Madrid 2026-2027

Actualizada el 6 de noviembre de 2026

Las becas de comedor escolar de la Comunidad de Madrid pagan todo o parte del comedor a alumnos de infantil, primaria y ESO de centros públicos y concertados madrileños cuya familia tiene una renta per cápita de menos de 8400 € (10.000 € si es numerosa) o está en otras situaciones, como cobrar la Renta Mínima de Inserción. Para el curso 2026-2027 dan 979 €, 445 € o 295 € al año, según el caso, o el coste entero del comedor.

El primer plazo cerró el 28 de mayo de 2026, y a 3 de noviembre de 2026 hay un nuevo plazo abierto, del 16 de octubre al 16 de noviembre de 2026.

Plazo
Abierto hasta el 16 de noviembre de 2026 (quedan 10 días) Abierta
Curso
2026-2027
Presupuesto
68.022.965 €
Fuente
BDNS 901420, 24-04-2026
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El plazo que sigue abierto hasta el 16 de noviembre

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades resolvió con una orden del 2 de septiembre de 2026 las solicitudes del primer plazo, que fue del 29 de abril al 28 de mayo. Como le quedaba dinero, abrió otro con la Orden 3847/2026, de 28 de septiembre, cuyo extracto publicó el BOCM el 15 de octubre de 2026: son 20 días hábiles que, según la web de la Comunidad de Madrid, van del 16 de octubre al 16 de noviembre de 2026, ambos incluidos.

La orden no reserva este plazo a nadie en concreto. Lo puede usar cualquier familia que cumpla los requisitos de las normas reguladoras, con las mismas cuantías y la renta de 2024, como en el primer plazo (apartado tercero). El dinero es el que sobró del crédito de abril, ampliable con una nueva orden si no alcanza (apartado primero), y las normas mandan resolver las solicitudes por orden de llegada mientras quede crédito: cuando se agota, se desestiman las que se presentaron después (artículo 9.7 y 9.8).

Requisitos

Las condiciones están en las normas reguladoras que aprobó el Consejo de Gobierno el 24 de abril de 2024, modificadas el 30 de abril de 2025. Se miran el día en que acaba el plazo (artículo 5), así que en este nuevo plazo cuenta tu situación a 16 de noviembre de 2026.

El centro y la etapa

La beca es para alumnos de educación infantil, primaria y ESO en centros de la Comunidad de Madrid sostenidos con fondos públicos que tengan comedor autorizado (artículo 4): escuelas infantiles públicas o privadas con convenio con la Consejería, colegios públicos (también aquellos cuyo comedor presta una entidad local), colegios rurales agrupados, institutos que tengan comedor y colegios concertados. En un concertado entran primaria, ESO y el segundo ciclo de infantil, de 3 a 6 años. Tu hijo tiene que tener además plaza de comedor, cosa que la Administración comprueba por su cuenta (artículo 5.1).

La situación de la familia

Basta con estar en una de estas situaciones (artículo 5.2):

  • cobrar la Renta Mínima de Inserción, o el Ingreso Mínimo Vital después de que se extinguiera la Renta Mínima;
  • cobrar el Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita de menos de 8400 €;
  • tener una renta per cápita de menos de 8400 €;
  • ser familia numerosa con una renta per cápita de 8400 € a menos de 10.000 €;
  • tener en la familia a una víctima de violencia de género o del terrorismo, o a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o de las Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid;
  • que el alumno esté en acogimiento familiar o residencial, o escolarizado de oficio en un concertado y use el transporte escolar;
  • tener en la familia a alguien con protección internacional, o que el alumno tenga la protección temporal por el conflicto de Ucrania.

Cómo se calcula la renta per cápita

Es la renta de la unidad familiar dividida entre el número de miembros (artículo 8). Para el curso 2026-2027 se toma la declaración del IRPF de 2024, y la Orden 1696/2026 da la fórmula con las casillas: 420 + 432 − 433 + 424 + 429 − 446 − 436 − 595. Con el límite general, una familia de cuatro tiene que quedarse, con esa fórmula, por debajo de 33.600 €.

Cuentan en la unidad familiar el alumno, sus padres o tutores, los hermanos menores de 25 años no emancipados que vivan en casa, los hijos mayores de 25 años incapacitados judicialmente y los hijos que todavía no han nacido al acabar el plazo (artículo 7). Si los padres están separados con custodia compartida, cuentan los dos; si hay una nueva pareja que convive, también. Quien tiene una discapacidad del 33 % o más cuenta por dos (artículo 8.2): con un miembro así, una familia de cuatro calcula como si fuera de cinco, y su límite sube a 42.000 €.

Cuantías

Lo que recibes depende de la situación que acredites, según el apartado cuarto de la Orden 1696/2026:

Situación Beca para el curso 2026-2027
Renta Mínima de Inserción, o Ingreso Mínimo Vital tras perderla 979 €
Ingreso Mínimo Vital con renta per cápita de menos de 3000 € 979 €
Ingreso Mínimo Vital con renta de 3000 a 8400 €, renta de menos de 8400 €, víctimas de violencia de género o terrorismo, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o Fuerzas Armadas, acogimiento familiar 445 €
Familia numerosa con renta de 8400 € a menos de 10.000 € 295 €
Escolarizados de oficio con transporte escolar, protección internacional o temporal, acogimiento residencial y alumnos de los convenios de la Consejería El coste del comedor de su centro

El dinero no lo cobra la familia, porque al pedir la beca cedes el cobro al centro, que gestiona el comedor (artículo 18.1). El colegio te descuenta cada mes la parte que toca del recibo y tú pagas la diferencia hasta el precio del menú (artículos 16.3 y 18.5).

Hay otra condición, que se revisa mes a mes. Tu hijo tiene que comer en el comedor al menos el 50 % de los días lectivos de cada mes. El mes que no llega se pierde la beca de ese mes, y ese mes pagas tú los días que haya comido (artículo 16.5).

Para todo el curso, la Comunidad de Madrid pone 68.022.965 € (30.610.334 € del presupuesto de 2026 y 37.412.631 € del de 2027), según el apartado primero de la Orden 1696/2026.

Cómo pedirla

La solicitud es el modelo 1963F1, que se rellena en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y tiene dos opciones: nueva solicitud o prórroga, para quien tuvo la beca el curso anterior y sigue en la misma situación. Se puede presentar así:

  1. Por internet, en el Registro Electrónico General, con un certificado electrónico o un sistema de firma que admita la Comunidad (apartado cuarto de la Orden 3847/2026).
  2. En papel: según la sede, se rellena en línea, se descarga en PDF, se firma y se entrega con los documentos en una oficina de registro; en algunas piden cita previa. Las normas reguladoras prevén también que el colegio recoja la solicitud, la grabe y te devuelva una copia con la fecha como justificante (artículo 12.1).

La firma un padre, una madre o un tutor, pero la autorización para consultar los datos tiene que firmarla cada progenitor y cada mayor de 18 años de la familia (artículo 9.2). Para mirar la renta en Hacienda hace falta marcar la casilla de autorización; quien no la marque debe aportar el certificado de renta de 2024 de la Agencia Tributaria con código seguro de verificación, y no vale otro (artículo 10.e). Con el libro de familia o una declaración responsable se acredita quién forma la familia; si en el libro aparece un progenitor que no está en la solicitud, hay que justificarlo con una declaración responsable o con la sentencia, el convenio o el certificado de defunción, o la solicitud queda excluida (artículo 10.b).

Después de presentarla

La Consejería publica en su web la lista de solicitudes presentadas y excluidas, con la causa. Desde el día siguiente tienes 10 días hábiles para subsanar; en esa fase no se consulta ningún dato, así que el documento lo aportas tú, y solo vale una situación anterior al cierre del plazo (artículo 15). La resolución sale en la web y, en extracto, en el BOCM. Contra ella cabe un recurso de reposición en un mes o un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en dos meses (artículo 17.6).

En el primer plazo del curso 2026-2027, la sede dio la lista provisional el 19 de junio, la subsanación del 22 de junio al 3 de julio y la resolución el 4 de septiembre de 2026.

El complemento del Ayuntamiento de Madrid

En la BDNS hay una segunda línea, la 901414, que el BOCM publica junto a esta. Es el dinero que pone el Ayuntamiento de Madrid: 7.390.000 € para el curso 2026-2027, por un convenio con la Comunidad del 14 de mayo de 2025, prorrogado el 24 de marzo de 2026 (Orden 1696/2026, apartado sexto). Ese dinero no se reparte con la tabla de cuantías: lo cobran los alumnos que el Ayuntamiento determine y por la cuantía que él fije, de acuerdo con su propia normativa.

El artículo 16.2 de las normas reguladoras lo reserva a familias en situación de extrema vulnerabilidad social y en proceso de intervención social, acreditada por los servicios sociales municipales de atención social primaria, cuyo hijo tenga la beca por Ingreso Mínimo Vital, renta, víctimas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o Fuerzas Armadas, acogimiento familiar o familia numerosa. Como máximo cubre la diferencia entre la beca y el precio del menú. Según la Orden 3847/2026 (apartado quinto), los alumnos que el Ayuntamiento ya eligió pueden recibirlo si obtienen la beca en este nuevo plazo.

Qué cambia respecto al curso 2025-2026

Las cuantías y el crédito de la Comunidad son los mismos que en la Orden 2170/2025, cuyo extracto salió en el BOCM el 17 de junio de 2025. Cambia el año de la renta, que pasa de 2023 a 2024, y la convocatoria del curso 2026-2027 salió antes, el 28 de abril. El curso pasado también hubo un segundo plazo en otoño, abierto con la Orden 4913/2025 (BOCM del 20 de octubre de 2025).

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la beca de comedor de la Comunidad de Madrid si no la pedí en primavera?

Sí, hasta el 16 de noviembre de 2026. La Orden 3847/2026, publicada en extracto en el BOCM el 15 de octubre de 2026, abrió un nuevo plazo para el curso 2026-2027 desde el 16 de octubre, con los mismos requisitos y cuantías que el primero. Se paga con el crédito que sobró del primer plazo, y las solicitudes se atienden por orden de presentación mientras quede dinero.

¿Puede tener beca de comedor mi hijo si empieza en un colegio madrileño a mitad de curso?

Sí, si entra por primera vez en el sistema educativo madrileño. Si se incorpora antes del 15 de noviembre, tiene el plazo abierto hasta el 16 de noviembre de 2026; si llega después, las normas reguladoras le reservan un plazo propio, del 14 al 28 de febrero de 2027 (disposición adicional primera, en su redacción de 2025). Si se la conceden, la beca cuenta desde el día en que empezó a usar el comedor, y el colegio regulariza lo que hayas pagado.

¿Hay beca de comedor de la Comunidad de Madrid para bachillerato o FP?

No. Las normas reguladoras solo incluyen infantil, primaria y ESO (artículo 4.1); en un instituto, la beca vale para los alumnos de ESO si el centro tiene comedor autorizado.

¿La beca de comedor es compatible con otras ayudas para el comedor?

Sí, con cualquier ayuda pública o privada para lo mismo, siempre que entre las dos no pasen del coste del comedor (artículo 19). Si cobras otra, tienes que entregar un justificante de quien te la da con la cantidad mensual, y avisar a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de cualquier cambio en tu situación (artículo 20).

Documentos

  • Texto en castellano de la convocatoria, 01-10-2026, 748 KBVer PDF
  • Otros documentos Orden 3847/2026 Nuevo Plazo, 01-10-2026, 193 KBVer PDF
  • Otros documentos, 01-10-2026, 98 KBVer PDF
  • BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID, 15-10-2026Ver anuncio
  • BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID, 28-04-2026Ver anuncio

Cursos anteriores

  • 2025-2026: Sgba - becas de comedor escolar curso 2025/2026BDNS 840060

Fuente

El plazo y los documentos vienen de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS, de la IGAE): convocatoria 901420, recibida el 24 de abril de 2026 y publicada en el diario oficial. Revisamos esta ficha el 3 de noviembre de 2026. Si algo no coincide, vale lo que diga la convocatoria.