Umbrales de renta y patrimonio de la beca general del Ministerio 2026-2027
La beca general del Ministerio del curso 2026-2027 compara la renta familiar de 2025, ya con sus deducciones, con tres umbrales que dependen del número de miembros. Con cuatro, hasta 40.773 € entran la beca de matrícula, la básica y la de excelencia; hasta 38.242 €, también la residencia y la variable, y hasta 22.107 €, la cuantía fija de 1700 €, que en los estudios no universitarios no se suma a la básica. El patrimonio se mira aparte, con límites como 47.200 € en inmuebles urbanos que no sean la vivienda habitual, y puede dejarte sin beca aunque la renta entre.
Los umbrales y las reglas para calcular la renta y el patrimonio están en los artículos 16 a 20 de la convocatoria del curso 2026-2027, firmada el 23 de marzo de 2026. Las notas, los créditos, el plazo y la forma de pedirla están en la ficha de la beca general del Ministerio.
Los umbrales para cada tamaño de familia
Esta es la tabla del artículo 19, en euros:
| Miembros | Umbral 1 | Umbral 2 | Umbral 3 |
|---|---|---|---|
| 1 | 8.843 | 13.898 | 14.818 |
| 2 | 13.264 | 23.724 | 25.293 |
| 3 | 17.685 | 32.201 | 34.332 |
| 4 | 22.107 | 38.242 | 40.773 |
| 5 | 25.644 | 42.743 | 45.572 |
| 6 | 29.181 | 46.142 | 49.196 |
| 7 | 32.718 | 49.503 | 52.780 |
| 8 | 36.255 | 52.850 | 56.348 |
Por encima de ocho, cada miembro más añade 3536 € al umbral 1, 3340 € al umbral 2 y 3561 € al umbral 3. Una familia de diez, por ejemplo, suma dos veces cada cantidad a la fila de ocho, y sus umbrales quedan en 43.327 €, 59.530 € y 63.470 €.
Qué cobras por debajo de cada umbral
Cada cuantía lleva su umbral escrito en su propio artículo, y los importes están en el artículo 11. Con una renta familiar que no pase del umbral, y si cumples los demás requisitos de esa cuantía, la cobras:
- Hasta el umbral 3: la beca de matrícula en la universidad y en las enseñanzas artísticas superiores (art. 5.3), la beca básica de 300 € (350 € en grado básico) en los estudios no universitarios (art. 9.2) y la de excelencia académica, de 50 a 125 € (art. 8.3).
- Hasta el umbral 2: además, la de residencia, de hasta 2700 € (art. 7.8), la variable, de 60 € como mínimo (art. 10.3), y las adicionales para quien vive en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla y tiene que ir a clase en barco o en avión (art. 12.7).
- Hasta el umbral 1: además, los 1700 € de la cuantía fija ligada a la renta (art. 6.2). En los estudios no universitarios no se suman a la beca básica (art. 9.3).
El tramo entre el umbral 2 y el 3 es estrecho. Con cuatro miembros son 2531 €, y quien cae ahí se queda sin la residencia, sin la variable y sin las cuantías de las islas, Ceuta y Melilla.
La variable se reparte con la fórmula del artículo 10: tu parte crece cuanto más alta es tu nota media y más baja la renta per cápita de tu familia. Con matrícula parcial o en estudios no universitarios a distancia, entre otros casos, se cobra solo la mínima (art. 10.2).
Quién forma parte de la familia
Según el artículo 17, son miembros computables los que vivían en el domicilio familiar el 31 de diciembre de 2025:
- tus padres o tu tutor, que son los sustentadores principales;
- tú;
- tus hermanos solteros menores de 25 años, o mayores si tienen una discapacidad;
- los menores en acogimiento permanente o en guarda con fines de adopción;
- tus abuelos, si viven con vosotros y lo acreditan con el certificado municipal.
En algunas situaciones las reglas son otras:
- Padres separados o divorciados: el que no vive contigo no cuenta. Si en casa vive la nueva pareja de tu padre o de tu madre, casada o no, sí cuenta, con sus rentas y su patrimonio. La convivencia que había mientras eras menor de edad se mantiene igual al cumplir los 18, salvo prueba en contra.
- Custodia compartida: cuentan los dos padres, sus hijos comunes y los abuelos que vivan con ellos, también cuando ya eres mayor de edad si la situación familiar sigue igual.
- Alguien sin parentesco que vive en casa y tiene ingresos: cuenta, salvo que se pueda justificar un alquiler de piso compartido.
- Si dices que eres independiente: tienes que demostrar que tienes medios económicos propios suficientes y que la vivienda es tuya o la tienes alquilada. Si tus ingresos no cubren la vivienda y los gastos indispensables, la independencia no se da por probada y se cuenta a tu familia. Y aunque se acepte, no hay cuantía de residencia, porque tu domicilio familiar pasa a ser donde vives durante el curso.
Si tienes tu propia familia, los miembros sois tú, tu cónyuge o pareja y los hijos menores de 25 años que vivan con vosotros.
Cómo se calcula la renta de 2025
La renta familiar es la suma de lo que ganó en 2025 cada miembro con ingresos, calculado con las normas del IRPF (art. 16):
- Si hizo la declaración de la renta: se suman la base imponible general y la del ahorro, sin contar los saldos netos negativos de 2021 a 2024 de ganancias y pérdidas patrimoniales ni de rendimientos del capital mobiliario. Al resultado se le resta la cuota resultante de la autoliquidación.
- Si no la hizo: se hace la misma suma y se restan los pagos a cuenta.
La cuenta la hace la Administración. El Ministerio cruza las solicitudes con los datos de las administraciones tributarias (art. 51.6), y puede hacerlo porque todos los miembros computables firman en la solicitud una autorización (art. 47.1). Si el cruce acaba en una propuesta de denegación, te avisan y puedes presentar alegaciones. Lo que afecte a la renta o al patrimonio solo se corrige así, con justificantes (art. 51.7). Si Hacienda no tiene datos de tu familia, tienes que aportar tú información fehaciente de vuestra renta y vuestro patrimonio, o la beca se deniega (art. 59).
Lo que se resta antes de comparar con el umbral
A esa renta se le aplican las deducciones del artículo 18. Tienes que poder acreditar que la situación existía el 31 de diciembre de 2025 (art. 18.1), y hay que indicarla en la solicitud (art. 47.3):
- La mitad de los ingresos de cualquier miembro que no sea sustentador principal: los tuyos si trabajas y vives con tus padres, o los de un hermano o un abuelo.
- Familia numerosa: 525 € por cada hermano que viva en casa, tú incluido, si es de categoría general, y 800 € si es especial. Si estudias en la universidad o enseñanzas artísticas superiores y tienes una discapacidad del 65 % o más, por ti se restan 2000 €.
- Discapacidad: 1811 € por cada hermano o hijo, o por ti, con un grado del 33 % o más, y 2881 € desde el 65 %. Si eres tú quien la tiene, del 65 % o más, y estudias en la universidad o enseñanzas artísticas superiores, se restan 4000 €.
- Dos o más estudiando fuera: 1176 € por cada hermano, o por ti, menor de 25 años que estudie en la universidad o enseñanzas artísticas superiores y viva fuera de casa por esos estudios.
- Orfandad absoluta: el 20 % de la renta familiar, si eres menor de 25 años.
- Familia monoparental: 500 €, si un solo adulto, que es el único sustentador, vive con hijos menores de 25 años (o mayores con discapacidad) o con menores en acogimiento o en guarda con fines de adopción.
Los límites de patrimonio
El artículo 20 deniega la beca «cualquiera que sea la renta familiar» si los bienes de la familia, a 31 de diciembre de 2025, pasan de alguno de estos límites:
- Inmuebles urbanos, sin la vivienda habitual: 47.200 € entre todos los valores catastrales. Una segunda vivienda entra aquí.
- Construcciones en fincas rústicas, incluidos los bienes inmuebles de naturaleza especial y sin la vivienda habitual: 47.200 €.
- Fincas rústicas, sin sus construcciones: 14.450 € por cada miembro computable. Con cuatro miembros, 57.800 €.
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales: 1900 €. No se suman las ayudas para comprar, rehabilitar o alquilar la vivienda habitual, los premios de juegos, concursos o rifas hasta 1500 €, el Bono Cultural Joven ni las ayudas por la erupción de La Palma o por la dana de 2024.
En los dos primeros, cada valor catastral se multiplica antes por un coeficiente, según el año en que tuvo efecto su última revisión catastral:
| Revisión | Coeficiente |
|---|---|
| 1990 a 2002 | 0,49 |
| 2003 | 0,43 |
| 2004 | 0,37 |
| 2005 | 0,30 |
| 2006 | 0,26 |
| 2007 y 2008 | 0,25 |
| 2009 | 0,26 |
| 2010 | 0,28 |
| 2011 | 0,30 |
| 2012 | 0,32 |
| 2013 | 0,34 |
| 2014 a 2021 | 0,36 |
| 2022 | 0,35 |
| 2023 | 0,34 |
| 2024 | 0,33 |
| 2025 | 0,29 |
En Navarra, el coeficiente es siempre 0,50.
Cuando la familia tiene varios de estos bienes, cada uno se convierte en un porcentaje de su límite y la suma no puede pasar de 100 (art. 20.2). Por ejemplo, un piso que no es la vivienda habitual y que, ya multiplicado por su coeficiente, vale 28.320 € (el 60 % de 47.200 €), junto con 950 € de rendimientos del capital (el 50 % de 1900 €), suman el 110 %, y con eso no hay beca aunque ninguno pase de su límite.
Los bienes de los miembros que no son sustentadores principales, como tú o tus hermanos, se computan por la mitad de su valor (art. 20.4). La beca también se deniega si los ingresos de la familia por actividades económicas, en estimación directa u objetiva o a través de una entidad, pasan de 172.000 € (art. 20.3), y quien tenga una de esas actividades tiene que declararla en la solicitud (art. 47.3).
Diferencias con la convocatoria de 2025-2026
Comparando esta convocatoria con la del curso anterior (Resolución de 18 de marzo de 2025), la tabla de umbrales de renta es idéntica fila por fila, y las deducciones mantienen sus importes. Las de 2000 € y 4000 € por discapacidad y la de estudiar fuera, que antes eran solo para universitarios, ahora valen también en las enseñanzas artísticas superiores.
Las cifras que cambian son las de los límites de patrimonio, que el preámbulo de la convocatoria de 2026-2027 llama una «actualización». En euros, y las fincas rústicas por miembro:
| Límite | 2025-2026 | 2026-2027 |
|---|---|---|
| Urbanos | 42.900 | 47.200 |
| Construcciones | 42.900 | 47.200 |
| Fincas rústicas | 13.130 | 14.450 |
| Capital | 1700 | 1900 |
| Actividades | 155.500 | 172.000 |
Además, se añade el coeficiente 0,29 para los inmuebles revisados en 2025, y es nueva la regla que mantiene, después de los 18, la convivencia que había con tus padres separados mientras eras menor.
Becas de esta guía
| Convocatoria | Organismo | Curso | Plazo | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Beca general del Ministerio de Educación | Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes | 2026-2027 | Cerró el 19 de mayo de 2026 | Cerrada |